Lunes 23 de diciembre de 2024

Interés General — 13.06.2024 —

Cómo quedan el Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales tras el rechazo del Senado

La restitución del tributo a los ingresos obtuvo 41 votos en contra en la Cámara Alta. Implicaba que más de un millón de personas volvieran a pagar.


Fuente: Todo Noticias

Tras la aprobación de la reforma fiscal en general, el Senado rechazó dos capítulos clave de ese paquete de medidas. Son los que incluían cambios en el impuesto a los Bienes Personales y la restitución del Impuesto a las Ganancias para la cuarta categoría.

Con 41 votos en contra y 31 positivos, la Cámara Alta hizo caer el título completo de Ganancias. Las modificaciones buscaban que vuelvan a pagar el gravamen más de un millón de empleados en relación de dependencia con ingresos brutos desde $1,8 millones. A pesar del rechazo en el recinto, el oficialismo insistirá con los cambios en ambos tributos cuando la Ley Bases y el paquete fiscal vuelva a tratarse en Diputados.

De momento, sigue vigente la reforma, que había propuesto el exministro de Economía y candidato a presidente, Sergio Massa, por la que ningún trabajador con un sueldo bruto inferior a 15 salarios mínimos ($2.340.000 en la actualidad, actualizable recién en julio) está alcanzado por el tributo.

 

Antes, el Senado también rechazó el título 3 que modificaba Bienes Personales, establecía una baja de alícuotas, la eliminación de las diferencias entre bienes locales y en el exterior, así como otorgaba el beneficio para los que pagaran por adelantado.

En cambio, sí se aprobó el Régimen de Regularización de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de Seguridad Social, el Régimen de Regularización de Activos, el Impuesto a las transferencias de inmuebles de personas físicas y sucesiones indivisas, el Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor y los cambios en el Régimen simplificado para pequeños contribuyentes, o Monotributo.

Qué dice la Ley Bases acerca de la restitución del Impuesto a las Ganancias

Uno de los capítulos clave de la reforma fiscal del gobierno pasa por la restitución del Impuesto a las Ganancias, que fue rechazado por el Senado. El oficialismo buscará insistir en Diputados. Entre los principales cambios se encuentran:

  • Salarios. Los empleados solteros sin hijos estarán alcanzados por Ganancias si su remuneración bruta mensual supera los $1.800.000 y un casado con hijos, desde los $2.300.000 en bruto.
  • Mecanismo de actualización. El proyecto establece que las deducciones personales y las escalas del impuesto se ajustarán una vez al año por inflación a partir del período fiscal 2025.
  • Deducciones personales. Se incrementan las deducciones personales entre un 183,75% y un 186,65%, excepto a determinados jubilados. Además, se incorpora una deducción especial para que el aguinaldo esté exento del pago del gravamen.
  • Escalas. El Gobierno propone actualizar los tramos de las escalas en línea con la variación de precios. Aquellas que se encuentren entre el 5% y 15% se incrementarán en un porcentaje menor a la inflación registrada durante primer trimestre de 2024. En cambio, las más altas tendrán una actualización mayor.
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Cómo quedan el Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales tras el rechazo del Senado (Foto: NA)
Cómo quedan el Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales tras el rechazo del Senado (Foto: Senado)

 

Bienes Personales: qué cambios aplica la Ley Bases

Otro capítulo clave de la reforma fiscal que fue rechazado este jueves por el Senado fue el del impuesto sobre los Bienes Personales.

El proyecto establecía un nuevo mínimo no imponible de Bienes Personales, de $27 millones a $100 millones. Aunque, en el caso de la vivienda única y familiar (o casa habitación), esa suma aumentaba hasta los $350 millones (hoy en $56 millones).

Las alícuotas a pagar serían iguales para los bienes radicados en la Argentina o el exterior y en el período fiscal 2023 estarían entre 0,5% y 1,5%. Año a año, esa escala irá bajando. Para 2024, llega hasta 1,25%; u máximo de 1% para 2025; y de 0,75% en 2026. Para el período fiscal 2027, la alícuota será de 0,25%.

Establecía como beneficio para contribuyentes que hayan cumplido entre 2020 y 2022. Se trataba de una reducción de 0,25 puntos porcentuales en la alícuota para los períodos fiscales desde 2023 a 2026 inclusive. Y un beneficio para quienes pagaran cinco años por adelantado, entre otros cambios.

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