Deportes — 30.01.2024 —
La Justicia Federal declaró inválido el artículo del DNU que habilitaba las SAD en el fútbol
Lo anunció la AFA este martes por la tarde. El Juzgado Federal de Mercedes hizo lugar a la medida presentada por la Liga de Fútbol de Salto tras el decreto de necesidad y urgencia que emitió el presidente Javier Milei.
El Juzgado Federal de Mercedes hizo lugar a la cautelar que presentó la Liga de Fútbol de Salto, luego de que el presidente Javier Milei incluyera un artículo en el DNU que permita a los clubes convertirse en Sociedades Anónimas Deportivas.
"Hacer lugar a la medida cautelar solicitada por la Liga de Futbol de Salto Asociación Civil, previa caución juratoria, ordenando al Estado Nacional la suspensión de los artículos 335° y 345° del Decreto de Necesidad y Urgencia Nro. 70/2023, publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina con fecha 20 de diciembre de 2023", explica el documento emitido por la Justicia.
La AFA publicó un extenso comunicado en sus redes sociales en el que informaron la decisión de la Justicia Federal con respecto al DNU presentado por el presidente Javier Milei.
La medida cautelar advierte en sus fundamentos que “la entrada en vigencia de la normativa impugnada, altera el estado de situación de un colectivo de incidencia social como son las entidades deportivas, pues impide desarrollar su vida asociativa”.
“En consecuencia, la viabilidad de la pretensión cautelar no depende de un examen profundo de la materia objeto de la litigio principal, sino de la mera probabilidad de la existencia de verosimilitud del derecho que se discute en el proceso y del perjuicio irreparable por la demora en ordenar la misma, por cuyo motivo no cabe considerar en este estadio la legitimidad de los actos administrativos sino sólo y –prima facie- en la medida en que alteren el libre ejercicio y goce de sus derechos asociativos como los descriptos por el accionante -art. 106 y 107 de su Estatuto-, sin que ello implique prejuzgamiento alguno sobre la cuestión de fondo”, agregan.