Provinciales — 12.06.2021 —
Anunciaron las nuevas medidas de convivencia que regirán en toda la provincia a partir del lunes
Este fin de semana vuelve a estar prohibida la circulación, excepto para los esenciales. La próxima semana podrán retomar sus actividades, clubes, gimnasios y lugares de culto.
Por: santotoméaldía /
Este viernes, el gobierno provincial comunicó las nuevas medidas adoptadas en el marco de la segunda ola de coronavirus. En ese sentido, con estrictos protocolos algunas actividades podrán retomarse desde el próximo lunes.
Según los anuncios, la próxima semana se habilitarán las actividades religiosas al aire libre, sin superar las 10 personas, manteniendo la distancia mínima de dos metros y el uso de barbijo en todo momento.
Por otro lado, también regresarán las actividades recreativas en clubes, gimnasios y natatorios, sólo bajo la modalidad entrenamiento, al aire libre y sin superar las 10 personas. Cabe destacar que continúa suspendida la práctica de deportes grupales de contacto (al aire libre y en espacios cerrados), y las competencias deportivas provinciales, zonales o locales de carácter profesional o amateur.
En el mismo sentido, permanecen suspendidas las actividades náuticas, pesca deportiva y recreativa en modalidad costa y embarcados, actividades de los clubes deportivos vinculados a las mismas y de guarderías náuticas.
Respecto a los encuentros sociales y familiares en lugares cerrados, el gobierno provincial sostuvo que continúan prohibidos. En referencia a la circulación vehicular en la vía pública, informaron que será desde las 6 hasta las 20.
A partir de esa hora y hasta el día siguiente (6 horas) sólo se permitirá la circulación de quienes realicen actividades esenciales, quedando exceptuados de la restricción quienes cumplan con su actividad laboral, quienes estén debidamente justificadas por una situación de fuerza mayor (incluyendo asistencia médica, farmacéutica y cuidado de personas).
Respecto al trabajo del personal dependiente de los Poderes Legislativo, Judicial y de los municipios y comunas, se pidió priorizar en relación al personal de su dependencia la modalidad de prestación de servicios en forma remota o teletrabajo, en las áreas donde ello fuera posible.
Quedan excluidos de la suspensión, los profesionales de la salud y los del notariado, para realizar diligencias esenciales e impostergables y los profesionales del derecho, en el caso de deber instar medidas de urgente diligenciamiento que no puedan realizarse de manera remota y cuya demora tenga virtualidad de producir la pérdida de un derecho.
Por su parte, la actividad inmobiliaria y aseguradora, sin perjuicio de la organización de guardias mínimas para atender aquellas diligencias que deban realizarse indefectiblemente de modo presencial.
En cuanto a las actividades administrativas en forma presencial de sindicatos, entidades gremiales empresarias, cajas y colegios profesionales, administración de entidades civiles y deportivas, actividades de las obras sociales y la actividad administrativa de universidades nacionales y privadas con sedes en el territorio provincial, deberán desarrollarse de manera remota o mediante teletrabajo, sin perjuicio de la organización de guardias mínimas para atender aquellas diligencias que deban realizarse indefectiblemente de modo presencial.
En cuanto a las actividades administrativas de las empresas industriales, de la construcción, comerciales o de servicios, sin perjuicio de la organización de guardias mínimas para atender aquellas diligencias que deban realizarse indefectiblemente de modo presencial.