Viernes 01 de noviembre de 2024

— 06.06.2020 —

Prestarán apoyo para la inscripción a la asistencia económica provincial

A partir del próximo lunes 8 de junio, la Municipalidad de Santo Tomé habilitará un puesto de asesoramiento para los vecinos interesados en inscribirse a la asistencia económica destinada a las actividades que no fueron exceptuadas del aislamiento.


Por: santotoméaldía /

El servicio de apoyo se llevará a cabo en la Dirección de Producción ubicada en Macia 1933, únicamente con turnos programados telefónicamente al 0342-154058311, de lunes a viernes en el horario de 9.00 a 12.00.

Para realizar la inscripción será requisito contar con clave fiscal, constancia de CBU, y las boletas de Tasa General de Inmuebles e Impuesto Inmobiliario donde se desarrolle la actividad.

Rubros alcanzados

La asistencia económica no reembolsable está destinada a los titulares de establecimientos, locales y servicios que no hayan sido incorporados en ninguna de las medidas económicas nacionales y provinciales de apoyo al sector productivo, y que no fueron exceptuadas en ninguno de los decretos nacionales y provinciales del aislamiento social, preventivo y obligatorio de la emergencia Covid-19.

Los rubros alcanzados son gimnasios, centros de pilates y yoga, salas de baile y danzas, escuelas de artes marciales, boxeo, canchas de fútbol 5 y paddle, peloteros, salones privados de eventos, transportes escolares, escuelas de conductores, jardines maternales no oficiales, talleres y salas culturales, y otros rubros que la autoridad de aplicación considere.

Los requisitos que deben cumplir para solicitar el aporte son: no encontrarse en ninguna de las actividades exceptuadas y en funcionamiento; registrar facturación nula desde el 20 de marzo al 31 de mayo de 2020; no haber obtenido asistencia económica o crediticia de ninguna de las siguientes medidas económicas adoptadas por los gobiernos nacional y provincial: asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP); créditos para monotributistas a tasa 0%; crédito bancario con la tasa del 24% para pago de salarios o capital de trabajo; crédito no bancario de mutuales al 24% en convenio con el gobierno provincial; y crédito con agencia o asociación para el desarrollo al 13%.

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