Provinciales — 05.06.2020 —
Habilitan la apertura de bares y restaurantes, con reservas y ocupación de hasta el 50% de los locales
La medida abarca a toda la provincia de Santa Fe y fue publicada este viernes en el Boletín Oficial de la Nación. Para que entre en vigencia, falta la reglamentación correspondiente de Provincia y Municipios.
Por Santotomealdia
Mediante la Decisión Administrativa 968/2020, publicada en el Boletín Oficial de este viernes 5 de junio, el Gobierno Nacional habilitó los bares y restaurantes en todo el territorio provincial de Santa Fe.
La disposición expresa que "la Provincia de Santa Fe ha solicitado la excepción al aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular en los términos de los artículos 4° y 10 del citado decreto, en relación con diversas actividades y servicios” y agrega que los respectivos gobiernos "deberán dictar las reglamentaciones necesarias para el desarrollo de las actividades, servicios o profesiones, pudiendo limitar el alcance de la excepción a determinadas áreas geográficas o a determinados municipios, o establecer requisitos específicos para su desarrollo que atiendan a la situación epidemiológica local y a las características propias del lugar, con el fin de minimizar el riesgo de propagación del virus".
Según lo establecido en el Boletín Oficial, se permite la actividad de bares y restaurantes, en todo el territorio provincial, conforme lo siguiente:
- Con modalidad de reserva previa, garantizando el debido distanciamiento social entre los comensales, los que deberán concurrir por sus propios medios, pudiendo ocuparse simultáneamente hasta un máximo del 50% de la capacidad de los locales.
- Arbitrando medidas para desinfectar el calzado de los asistentes; y la limpieza y desinfección de las superficies y objetos de uso frecuente, antes de la apertura, periódicamente durante el horario en el que las instalaciones permanezcan abiertas y al cierre.
- Uso obligatorio y de manera correcta por parte del personal del establecimiento de los elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón.
Mirá el anexo de la Decisión Administrativa 968/2020, con las disposiciones para Santa Fe: