Interés General — 02.04.2020 —
El Banco Central prorrogó los vencimientos de tarjetas de crédito hasta el 13 de abril
Se lo informó a la Defensoría del Pueblo, en respuesta a un requerimiento en ese sentido que había realizado la institución santafesina. También comunicó que la tasa de financiación para los saldos impagos no podrá superar el 49%.
Por: santotoméaldía /
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) decidió prorrogar hasta el 13 de abril los vencimientos de los resúmenes de tarjetas de crédito que se produzcan entre el 1° y el 12 de abril. Así se lo informó a la Defensoría del Pueblo de la provincia de Santa Fe en una nota que respondió al oficio que esta institución le había enviado recomendando una medida de este tipo.
“Ponemos en su conocimiento que este Banco Central emitió en el día de la fecha (miércoles 1°) la comunicación A 6.949, que dispone – entre otras cuestiones - que «cuando se trate de financiaciones de entidades financieras bajo el régimen de tarjeta de crédito, los vencimientos de resúmenes de cuenta que se produzcan entre los días 1 al 12 de abril de 2020 podrán ser cancelados por los clientes el día 13 de ese mes por el mismo importe del resumen y sin ningún recargo”, señala la respuesta que el BCRA envió a la Defensoría del Pueblo santafesina.
Asimismo, la entidad financiera madre informó que, en el punto 7 de la comunicación, se establece que los saldos de financiaciones vinculadas a tarjetas de crédito, a partir del 1° de abril de 2020, “no podrán superar la tasa nominal anual del 49 por ciento”.
En un oficio remitido, la defensoría le había hecho saber al organismo nacional su preocupación respecto del vencimiento de los resúmenes de las tarjetas de crédito. En esa misiva, la institución santafesina había evaluado: “No cambiaron las condiciones que motivaron la resolución dispuesta en la comunicación A 6.942 (la prórroga de los vencimientos de tarjetas de crédito registrados entre el 20 y el 31 de marzo), sino más bien lo contrario, dado que suponemos que son más las tarjetas de créditos cuyos vencimientos operan a comienzo de mes que al final y, por ende, merecedores de una medida en sintonía con la situación excepcional que estamos atravesando a causa de la pandemia del Covid 19”.
Por ello había solicitado al BCRA “reconsiderar en carácter de urgente la prórroga del vencimiento de las tarjetas de créditos en forma que las mismas puedan ser pagadas sin recargo financiero alguno al término del periodo de aislamiento social, preventivo y obligatorio”.
La comunicación del BCRA puede consultarse en: http://www.bcra.gov.ar/Pdfs/comytexord/A6949.pdf
Fuente: Defensoría del Pueblo