Viernes 15 de noviembre de 2024

— 05.11.2018 —

Piden informes sobre el avance en la creación del Servicio Municipal de Velatorio

Es un proyecto de la concejal Rosana Zamora. Busca conocer el estado de avance en la implementación del servicio, sancionado por Ordenanza en 2018.


Por: santotoméaldía /

La Concejala Rosana Zamora solicitó a la intendenta informe los avances en la creación del Servicio Municipal de Velatorio sin costo alguno para aquellas personas que residan en la ciudad de Santo Tomé y, a su vez, hayan recibido el Servicio de Sepelio que gestiona el estado municipal ante las empresas privadas con las cuales posee convenio.

Este beneficio consistiría en un espacio e infraestructura adecuada en el cementerio municipal para la realización del velatorio. La creación de este servicio obedece a la existencia de ciudadanos santotomesinos de escasos recursos que no poseen cobertura de servicio de sepelio y no están contenidos en sistemas de cobertura social de sepelios, ya sea por encontrarse desempleados o bien por ser parte de los trabajadores no registrados. Además, por los actuales datos estadísticos de desempleo, el número de ciudadanos desempleados tiende a aumentar.

La Ordenanza Nº 3256, que da origen a este beneficio, fue sancionada por el Honorable Concejo Municipal el 8 de mayo de 2018 y promulgada de manera tácita el 29 de mayo de 2018. Según el artículo Nº 4 de la norma municipal referida, el Departamento Ejecutivo Municipal tiene un plazo de treinta (30) días a partir de la fecha de la promulgación para la reglamentacion de la misma.

La edil fundamentó el pedido de informe en el hecho de que "han transcurrido más de 120 días desde el 29 de mayo de 2018 sin tener información sobre la reglamentación, como tampoco, de avances en la implementación de la Ordenanza aludida".

Además, señaló que "como antecedente de que el ejecutivo municipal no brinda la informacion requerida se puede citar que el 28 de agosto de 2018 el Concejo Municipal sancionó una Comunicación, Expediente Nº 9828, en la que se solicitó al DEM informe los avances a la fecha en la implementación de la Ordenanza Nº 3256".

El tiempo y la forma en que la intendenta al frente del Ejecutivo Municipal debe responder las solicitudes de información esta regulado por la Ordenanza Nº 1514/90 que su artículo 1º establece: “El D.E.M. deberá suministrar verbalmente o por escrito, por si o por medio de los Secretarios Ejecutivos, las contestaciones a los pedidos de informes que solicite el Honorable Concejo Municipal, dentro del plazo máximo de treinta (30) días corridos desde la elevación del mismo.

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