Quieren saber si se realizan operativos de tránsito nocturnos en Avenida 7 de Marzo
La concejala Rosana Zamora pidió copias de las actas de infracción. Sostiene que hay vehículos que generan situaciones de peligro, principalmente los fines de semana y feriados.
La concejala Rosana Zamora propuso, mediante un proyecto presentado en el Concejo Municipal, solicitar a la intendenta que remita copias de las actas de infracción confeccionadas por Policía Municipal a vehículos que transitan por Avenida 7 de Marzo, entre el Puente Carretero y Avenida Nuestra Señora del Luján, los fines de semana y feriados, en horario nocturno, desde el primero de enero de 2018.
La propuesta de la profesora Rosana Zamora se funda en "las pruebas de velocidad y destreza que realizan conductores con sus autos y motos principalmente los fines de semana y feriados, en horario nocturno, generando situaciones de peligro para su integridad física y de terceros siendo que están penadas por la ley", explicó en un comunicado.
"Cabe mencionar, que el tramo referido de Avenida 7 de Marzo, es un lugar de importante tránsito de vehículos, que los jóvenes eligen los fines de semana y feriados, en los horarios de la noche por la importante presencia de comercios de comidas y venta de productos alimenticios", agregó Zamora.
En lo que respecta a la normativa legal, la legisladora del PJ recordó que la ordenanza 2513/05 establece en el artículo 46 -inciso B- que en la vía pública se “debe circular con cuidado y prevención, conservando en todo momento, el dominio efectivo del vehículo, teniendo en cuenta los riesgos propios de la circulación y demás circunstancias del tránsito”.
La misma norma enumera, en su artículo 58, las prohibiciones en la vía pública y determina que está prohibido “disminuir arbitraria y bruscamente la velocidad, realizar movimientos zigzageantes o maniobras intempestivas”. Además, impide que “en curva, encrucijada y otras zonas peligrosas, cambiar de carril o fila. Adelantarse, no respetar la velocidad precautoria o detenerse”, así como no permite la utilización de la “vía pública de tal manera que restrinja, impida o contrarie la libre y normal circulación de peatones y vehículos”.
Por otra parte, el Código Municipal de Tránsito dispone, en el artículo 60, que “el conductor debe circular siempre a una velocidad tal que, teniendo en cuenta su salud, el estado del vehículo y su carga, la visibilidad existente, las condiciones de la vía y el tiempo y densidad del tránsito, tenga siempre el total dominio de su vehículo y no entorpezca la circulación. El desarrollo de velocidades superiores o inferiores a las establecidas significará que el conductor ha desarrollado una velocidad peligrosa para la seguridad de las personas y en caso de accidente la máxima responsabilidad recaerá sobre él”.
Segun recordó Rosana Zamora, hace seis años, el 2 de octubre de 2012, se presentó una comunicación, Expediente 7141, en el cual se solicitó al Ejecutivo Municipal "que, a través del área correspondiente, realice controles de tránsito principalmente los fines de semana y feriados, en los horarios de noche en Avenida 7 de Marzo entre el puente carretero y Avenida Nuestra Señora del Lujan".