Jueves 13 de agosto de 2026

Nacionales — 12.08.2026 —

Embargaron el departamento donde Cristina Kirchner cumple prisión domiciliaria

La propiedad de San José 1111 pertenece a Los Sauces S.A. y fue incluida en una nueva etapa del proceso de decomiso de bienes de los condenados por la Causa Vialidad. La resolución no implica por ahora una subasta ni modifica la prisión domiciliaria.


El Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2), que tiene a su cargo la ejecución de la condena por la denominada Causa Vialidad, dispuso nuevos embargos preventivos y medidas cautelares sobre bienes vinculados a los condenados. Entre los inmuebles alcanzados se encuentra el departamento de San José 1111, donde Cristina Kirchner cumple prisión domiciliaria.

El inmueble pertenece a Los Sauces S.A., la sociedad inmobiliaria de la familia Kirchner, y quedó incluido dentro del conjunto de activos sobre los que el tribunal busca garantizar el cumplimiento del decomiso fijado en la sentencia, cuyo monto asciende a $685.000 millones.

La decisión genera además un interrogante sobre la continuidad de Cristina Kirchner en ese domicilio, aunque por el momento no modifica su prisión domiciliaria. El tribunal aclaró que el embargo no implica una subasta ni una realización inmediata del inmueble, como tampoco altera su titularidad registral.

Los jueces Rodrigo Giménez Uriburu, Jorge Gorini y Andrés Basso señalaron que las medidas cautelares tienen como objetivo garantizar la indisponibilidad jurídica de los bienes mientras continúa el proceso para determinar el decomiso definitivo, con intervención de las partes.

Una nueva etapa del decomiso

La resolución corresponde a una segunda etapa de la ejecución patrimonial de la condena. La primera había contemplado 111 propiedades cuya incorporación al proceso de decomiso había sido solicitada por el fiscal Diego Luciani y posteriormente avalada por el TOF 2.

En noviembre, el tribunal había dispuesto avanzar sobre 20 inmuebles vinculados a la familia Kirchner, 85 pertenecientes a Lázaro Báez y sus empresas y otros seis bienes correspondientes a los restantes condenados.

Ese criterio fue confirmado en febrero por la Cámara Federal de Casación Penal, que ordenó avanzar con el decomiso. Sin embargo, Cristina Kirchner y Báez recurrieron la decisión y la definición sobre ese primer grupo de propiedades quedó pendiente de resolución en la Corte Suprema de Justicia.

Mientras el máximo tribunal analiza esos planteos, el TOF 2 comenzó a avanzar sobre un segundo conjunto de 144 activos, integrado por inmuebles, vehículos y participaciones accionarias en distintas sociedades.

Entre los bienes incluidos en esta nueva etapa también aparecen US$5 millones pertenecientes a Florencia Kirchner, que se encontraban depositados en una caja de seguridad del Banco Galicia.

El vínculo con las empresas de Lázaro Báez

Para fundamentar la extensión de las medidas sobre bienes de Máximo y Florencia Kirchner, el tribunal retomó las conclusiones de la sentencia de la Causa Vialidad. Según esa resolución, la maniobra vinculada con la obra pública generó beneficios económicos directos para Lázaro Báez e indirectos para la familia Kirchner.

El TOF 2 sostuvo que entre 2003 y 2015 existió una conexión económica y comercial comprobada entre las empresas de Báez y los negocios de la familia Kirchner.

En ese período, compañías del empresario patagónico alquilaron, explotaron turísticamente y realizaron construcciones en hoteles y propiedades pertenecientes a los Kirchner, tanto de manera personal como a través de Los Sauces S.A. y Hotesur S.A.

De acuerdo con el tribunal, esa operatoria permitió que parte del dinero proveniente del delito circulara y quedara incorporado en activos de esas sociedades.

A partir de ese criterio, los jueces consideraron que pueden quedar alcanzados por el decomiso los bienes que los nueve condenados incorporaron a sus patrimonios durante el período investigado. Por eso, dispusieron las nuevas medidas cautelares para impedir que esos activos puedan ser dispuestos mientras se define su situación jurídica.

La resolución también se sustenta en el artículo 23 del Código Penal, que contempla la posibilidad de alcanzar a personas jurídicas o sociedades que se hayan beneficiado con el producto o provecho de un delito, además de determinados bienes transferidos a terceros.

De esta manera, el TOF 2 mantiene abierto el proceso de ejecución patrimonial de la condena de la Causa Vialidad, mientras la Corte Suprema tiene pendientes de resolución los recursos vinculados con el primer grupo de bienes.

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