Martes 05 de mayo de 2026

Nacionales — 04.05.2026 —

El Gobierno reguló los vapeadores y levantó la prohibición de su venta

La medida reemplaza la prohibición por un esquema de control. Entre otras cuestiones, crea un registro para su comercialización e importación, fija requisitos sanitarios, limita sabores y prohíbe dispositivos descartables.


El Gobierno nacional oficializó un nuevo marco regulatorio para los vapeadores, cigarrillos electrónicos y bolsas de nicotina, que reemplaza el esquema de prohibición vigente por un sistema de control, registro y fiscalización.

La medida fue dispuesta por el Ministerio de Salud a través de la Resolución 549/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial. Según explicaron desde el Ejecutivo, el objetivo es establecer estándares mínimos de calidad y seguridad sanitaria para la comercialización e importación de estos productos, en un contexto donde la prohibición previa no logró frenar su consumo.

De acuerdo con datos oficiales, los dispositivos de vapeo registraron una prevalencia de uso del 35,5% entre adolescentes en el último año, lo que los ubica entre las sustancias más consumidas en ese grupo etario. En ese marco, el Gobierno avanzó hacia un modelo regulatorio similar al aplicado en países como Estados Unidos y el Reino Unido.

La normativa establece que los vapeadores, dispositivos de tabaco calentado, líquidos para vaporización y bolsas de nicotina serán considerados productos elaborados con tabaco, por lo que deberán cumplir con las disposiciones de la Ley 26.687. Entre otros puntos, se exige la inclusión de advertencias sanitarias en los envases, se prohíben diseños atractivos para menores y se limitan los mensajes publicitarios.

Además, se restringen los sabores autorizados: solo podrán comercializarse variantes con sabor tabaco —y mentol en el caso de las bolsas de nicotina—, mientras que quedan prohibidos los cigarrillos electrónicos descartables, considerados de alto atractivo para la iniciación juvenil.

Como parte del nuevo esquema, se creó el Registro Nacional de Productos de Tabaco y Nicotina, que permitirá clasificar los dispositivos, monitorear su consumo y ajustar la regulación en función de la evidencia disponible. Aquellos productos que no estén incluidos en las categorías definidas no podrán ser importados ni vendidos en el país.

La normativa también fija requisitos técnicos y económicos para fabricantes e importadores, quienes deberán inscribir cada producto, presentar información detallada sobre su composición, estudios toxicológicos y certificaciones de laboratorio. Asimismo, tendrán que reportar datos de ventas y perfil de consumidores para fortalecer los controles, especialmente en relación al acceso de menores.

Desde el Gobierno señalaron que el nuevo esquema apunta a reforzar la capacidad de fiscalización del Estado, reducir los riesgos asociados al consumo y combatir la comercialización ilegal de productos sin control sanitario.

comment DEJE SU COMENTARIO
info
IMPORTANTE: Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellas pueden ser pasibles de las sanciones legales que correspondan. Aquel usuario que incluya en sus mensajes algun comentario violatorio del reglamento será eliminado e inhabilitado para volver a comentar.

campos obligatorios *

arrow_upward