Sábado 25 de abril de 2026

Nacionales — 24.04.2026 —

El Gobierno declaró esencial el servicio meteorológico vinculado a la aviación y frenó un paro

Un DNU redefine la prestación del servicio y transfiere su control a EANA, en medio de un conflicto gremial.


El Gobierno nacional oficializó el Decreto de Necesidad y Urgencia 274/2026, que introduce modificaciones de fondo en la prestación del servicio meteorológico aplicado a la aviación y tuvo un impacto inmediato en el conflicto gremial dentro del Servicio Meteorológico Nacional (SMN). La medida derivó en el levantamiento del paro que había sido anunciado por ATE.

La norma establece de manera explícita que la meteorología destinada a la navegación aérea pasa a ser considerada un servicio público esencial. En ese marco, el Ejecutivo argumentó que se trata de una función clave para garantizar la seguridad operativa de los vuelos, desde la planificación de rutas hasta los despegues, aterrizajes y la gestión del tránsito aéreo.

El decreto se apoya en la Ley 27.161 de Navegación Aérea, que ya contemplaba la esencialidad de estos servicios, y precisa que la medida alcanza específicamente al denominado MET aeronáutico, es decir, la actividad meteorológica vinculada directamente a la aviación civil, sin extenderse al conjunto de tareas del SMN.

Uno de los principales cambios que introduce la normativa es la modificación del esquema de prestación del servicio. A partir de ahora, la Empresa Argentina de Navegación Aérea (EANA) pasa a ser la responsable primaria del MET aeronáutico, lo que implica que el SMN deja de ser el único proveedor, como ocurría hasta el momento.

El nuevo esquema habilita a EANA a brindar el servicio de manera directa o mediante terceros, siempre que cumplan con los requisitos técnicos y de seguridad establecidos por la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC). No obstante, se dispuso un período de transición de hasta 180 días hábiles durante el cual el SMN continuará prestando funciones para asegurar la continuidad operativa.

En paralelo, el decreto también redefine el destino de los recursos asociados a esta actividad. El 10% de la Tasa de Protección al Vuelo, que hasta ahora se transfería al SMN, será redireccionado a una cuenta específica del Tesoro Nacional vinculada a la prestación del servicio bajo la órbita de EANA.

En los fundamentos de la medida, el Gobierno sostuvo que cualquier interrupción del servicio meteorológico aeronáutico puede generar demoras, cancelaciones y afectar el funcionamiento general del sistema aéreo, con impacto directo en pasajeros, cargas y la actividad económica.

Además, al declarar esencial esta función, el decreto habilita la posibilidad de limitar medidas de fuerza que afecten su prestación. Este fue el argumento utilizado para considerar ilegal el “apagón informativo” que el gremio ATE había anunciado y que finalmente fue dejado sin efecto.

De esta manera, el DNU redefine el esquema institucional del servicio meteorológico aplicado a la aviación, transfiere su control operativo a EANA y fija nuevas condiciones para su financiamiento y funcionamiento, en un contexto que también reabre el debate sobre el alcance del derecho a huelga en servicios considerados críticos.

comment DEJE SU COMENTARIO
info
IMPORTANTE: Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellas pueden ser pasibles de las sanciones legales que correspondan. Aquel usuario que incluya en sus mensajes algun comentario violatorio del reglamento será eliminado e inhabilitado para volver a comentar.

campos obligatorios *

arrow_upward